Vamos comentar algunas ideas a tener en cuenta de cara a la Declaración de la Renta de 2021 si percibes rendimientos de actividades económicas.

Empezaremos por lo más sonado ante la situación socio-económica actual, y es que, si has percibido una subvención para compensar la bajada de ingresos de la actividad durante la pandemia, si no has optado por el criterio de cobros y pagos, la subvención percibida deberá imputarse al ejercicio de concesión.

Si eres un autónomo societario y solicitaste la devolución del exceso de cotizaciones de la aplicación retroactiva de la “tarifa plana”, ten en cuenta que dicha devolución tendrá la consideración de ingresos de la actividad.

¿Qué tengo que tener en cuenta a la hora de los gastos deducibles de la actividad?

Si tu importe de facturación es menor de 10 millones de euros, podrás deducir en este 2021 las pérdidas por deterioro de créditos impagados cuando a la fecha de devengo hayan transcurrido 3 meses desde el vencimiento de la obligación.

Respecto a los gastos de suministro correspondientes a tu vivienda y que se puedan imputar a tu actividad económica se aplicará el porcentaje de deducción del 30 por 100. El resto de gastos inherentes a la vivienda serán deducibles en proporción a los metros cuadrados destinados a la actividad sobre la superficie total de la vivienda (es importante comprobar que se han comunicado a Hacienda la superficie destinada a la actividad).

Los gastos de manutención también serán deducibles siempre que se produzcan en establecimientos de hostelería o restauración durante el desarrollo de su actividad y que se paguen mediante medios de pago electrónicos. Dichos gastos tendrán el límite de 26,67€ por día si se produce en España y de 48,08€ por día si se produce en el extranjero, pudiendo aumentarse ambas cantidades al doble si se pernocta fuera del lugar de residencia.

Por otro lado, el límite de los gastos de representación de atenciones a clientes y proveedores se fija en el 1 por 100 de la facturación de la actividad.

¿Qué gastos no podemos considerar como deducibles?

En este ámbito podríamos encuadrar algunos ejemplos de gastos como gafas graduadas, ropa y calzado que no tenga la consideración de específica, cuotas de renting de un vehículo no destinado exclusivamente a la actividad, clases particulares de idiomas no exigidos para el desarrollo de la actividad, gastos de transporte no destinados a la actividad, etc.

Por último, haciendo hincapié en que si tu facturación sea menor a 10 millones de euros dispones de algunos incentivos fiscales como la libertad de amortización para inversiones generadoras de empleo, hasta un máximo de 120.000€ por cada trabajador/año de incremento de plantilla, así como amortización acelerada del inmovilizado.

Esto en resumen de algunas de las novedades a tener en cuenta en la próxima campaña de renta del 2021 para aquellas personas que trabajan por cuenta propia. De cualquier manera y como siempre recomendamos, la información aportada es de ámbito general si es una cuestión más específica, puedes ponerte en contacto con nosotros.

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