¡El Dropshipping está de moda! Como si debajo de las piedras hubieran salido, cada vez nos encontramos con más personas que se dedican a esta actividad, incluso, personas que se promocionan ofreciendo master clases de cómo hacer Dropshipping.

¿En qué consiste este modelo de negocio en auge?

De manera resumida podríamos definirlo como la actividad en la cual ofreces productos o servicios de terceros en la red. Por lo tanto, se reduce la necesidad de una inversión inicial elevada ya que no disponemos de stock ni inventario y, sin embargo, de cara al cliente seremos nosotros quienes vendan dichos productos.

En el momento de la venta, nuestra función será la de intermediario, por un lado, la atención al cliente ante cualquier duda que les surja y por otro la de contactar con el proveedor para realizar la compra del producto seleccionado y la dirección del envío del cliente. De esta manera nuestro beneficio reside en la diferencia entre el precio al que nosotros compramos al proveedor y el precio al que nuestro cliente compra en nuestra página web.

Parece un negocio muy atractivo ¿verdad? Un negocio en el que un mentor te muestra cómo hacerlo todo de una manera muy sencilla, obteniendo grandes ingresos y con una inversión inicial casi nula, pero…

¿Sabes qué obligaciones debes cumplir si te dedicas al Dropshipping?

Lo primero de todo y más importante, es que para realizar esta actividad debes darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en Hacienda y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y cumplir con tus obligaciones tributarias presentando los impuestos que te correspondan principalmente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), donde se tributará por los beneficios obtenidos en la actividad y el Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA).

¿Qué ocurre con el IVA cuando compramos?

Existen tres situaciones que se pueden dar:

  • que nuestro proveedor sea extracomunitario donde no pagaremos IVA al proveedor ya que nos emitirán dicha factura sin él (si pagaremos el IVA correspondiente en la aduana a la entrada del producto en la Unión Europea);
  • que sea intracomunitario, en este caso tendremos que darnos de alta como operadores Intracomunitarios para que nos puedan emitir la factura sin IVA y en nuestro modelo 303 figurará la cantidad correspondiente como IVA soportado y repercutido;
  • o que sea nacional donde sí que nos podremos deducir ese IVA soportado.

Pero… ¿Y en la venta?

Si nosotros como vendedores vendemos un producto a través de nuestra página web a un comprador que reside en el mismo país que nosotros deberemos emitir la factura con el tipo impositivo del país en el que residimos, en el caso de que fuera un cliente intracomunitario habría que emitir la factura con el tipo impositivo del país de destino y solamente sin IVA en el caso de que fuera un cliente extracomunitario.

Otra cuestión a tener en cuenta, son las garantías establecidas por la Unión Europea. Y es que, aunque los productos que comercializas se vendan directamente desde China, tú como comerciante residente en la Unión Europea tienes que acogerte a estas medidas establecidas por la misma; como una garantía mínima de dos años en la compra de cualquier producto o el derecho a obtener un reembolso en 14 días.

Además, estas páginas tienen que cumplir con todos los requisitos que establece la normativa española/europea respecto a las web. Es decir, protección de datos, LSSI, política de cookies, etc.

Si necesitas más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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