El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto-Ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. La norma equipara los derechos laborales de las personas trabajadoras al servicio del hogar a las del resto de personas trabajadoras garantizando la igualdad de trato y tendrán idéntica protección social frente al desempleo, destacamos los siguientes aspectos:
- Desempleo. Podrán acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo cuando hayan acumulado un periodo de carencia determinado mínimo de 360 días.
- Prevención de riesgos laborales. La ley de prevención de riesgos laborales será de aplicación obligatoria reconociendo el derecho a la seguridad y la salud en el trabajo. Se creará una comisión de estudio cuyo objetivo será la identificación de las enfermedades profesionales.
- Caso de insolvencia o concurso del empleador. En el caso de insolvencia o concurso por parte de las personas empleadoras la norma asegurará la cobertura indemnizatoria del FOGASA para las trabajadoras del hogar.
- Contratación. Se garantizará el derecho a la información de las condiciones de trabajo exigiendo un contrato por escrito en los mismos términos que el Estatuto de los Trabajadores y la presunción del carácter indefinido de la relación laboral.
- Cotización. Se obligará a la cotización de las personas empleadoras del servicio doméstico a partir del 1 de octubre del 2022. (FOGASA y desempleo). La cuota de Seguridad Social se incrementará en un 6% de la cual el 5% corresponde al empleador y el 1% al trabajador/a.
- Bonificación. Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre. Los empleadores tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial. Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.
- Además, se establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminando la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
- Formación. Se desarrollarán políticas de formación que tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.
- Fin del desistimiento. Se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa. A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido.